IVA e IRPF en las facturas de autónomos: qué sumar y qué restar
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En una factura, el IVA se suma y la retención de IRPF se resta. Ninguno de los dos cambia el precio real de tu servicio: modifican el dinero que cobras ahora y las cantidades que después se compensan con Hacienda.
Ejemplo de factura profesional
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 1.000 € |
| IVA 21 % | +210 € |
| Retención IRPF 15 % | −150 € |
| Total a cobrar | 1.060 € |
Los 210 € de IVA no son beneficio y conviene reservarlos. Los 150 € retenidos tampoco se pierden: el cliente los ingresa a Hacienda a tu nombre como pago anticipado de tu IRPF.
Retención del 15 % o del 7 %
La retención general de actividades profesionales es del 15 %. En el año de inicio y los dos siguientes puede utilizarse el 7 % si se cumplen los requisitos, además de determinadas actividades concretas. Las actividades empresariales y las facturas emitidas a particulares normalmente no aplican esta retención profesional.
Retener menos no significa pagar menos
Una retención del 7 % aumenta lo que cobras hoy, pero puede obligarte a reservar más por tu cuenta para la declaración de la renta.
Cómo encaja el modelo 130
El pago fraccionado general parte del 20 % del rendimiento neto acumulado y descuenta las retenciones soportadas y pagos anteriores. Los profesionales con al menos el 70 % de sus ingresos sujetos a retención pueden quedar exonerados de presentarlo en determinadas condiciones.
Separa impuestos y neto
Indica el IVA y la retención habituales de tus facturas para estimar cuánto reservar cada trimestre.